La categoría constituye una condición estructural de la relación jurídica que no es factible de ser afectada por imperio del art. 66, LCT. En el caso, la escritura adjuntada al expediente documenta una rebaja de categoría sin base objetiva -recategorización a la categoría senior- que conllevó una baja salarial que ha sido constatada por la auxiliar contable y que no pudo ser consentida válidamente por la accionante por resultar lo actuado violatorio del principio de irrenunciabilidad (art. 12, LCT). La figura de la prescripción liberatoria no puede jugar en autos porque la actora no fue remitida a prestar tareas de un rango inferior a las desempeñadas sino que, simplemente, se le rebajó el salario sin cambio de las condiciones de prestación de servicios. Se confirma la sentencia de grado que consideró justificado el despido indirecto decidido por la accionante frente al rechazo de su pedido de restablecimiento de categoría y pago insuficiente del crédito salarial.
Stefanile, Mirta Mabel vs. Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) s. Despido /// CNTrab. Sala VI; 30/04/2019
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