Correspondía a la demandada acreditar que no obstante el traslado de sucursal del actor, este mantenía las condiciones de trabajo convenidas sin que ello importara perjuicio alguno. La prueba pericial ilustró que si bien el accionante en los meses de abril y mayo de 2013 superó un poco los haberes percibidos en febrero y marzo de dicho año, lo cierto es que con relación a los meses anteriores se verificó una merma importante de hasta más del 50 % de sus ingresos. A ello cabe adicionar que resulta lógicamente inferible que el traslado le irrogara mayor tiempo de traslado entre su domicilio y la sucursal de Paseo Colón -siendo que vivía en San Martín próximo a la sucursal donde se desempeñó desde el inicio- e incluso mayores costos, con el consiguiente trastorno de su vida privada. Todo ello, permite colegir que la demandada ha ejercido un "ius variandi" abusivo en detrimento del trabajador y, por ende, este se encontró justificado al decidir la ruptura del vínculo.
Romanelli, Luis Eduardo vs. Nextel Communications Argentina S.R.L. s. Despido /// CNTrab. Sala IX; 26/12/2018
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